{"id":924,"date":"2015-08-03T15:06:48","date_gmt":"2015-08-03T15:06:48","guid":{"rendered":"https:\/\/ena.cl\/?p=924"},"modified":"2016-02-03T12:46:59","modified_gmt":"2016-02-03T12:46:59","slug":"gestion-del-talento-humanocapacitarse-el-derecho-de-todo-funcionario-publico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ena.cl\/?p=924","title":{"rendered":"Gesti\u00f3n del Talento Humano<br>Capacitarse: El derecho de todo funcionario p\u00fablico"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/ena.cl\/wp-content\/uploads\/2015\/08\/articulo-agosto.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft  wp-image-946\" src=\"https:\/\/ena.cl\/wp-content\/uploads\/2015\/08\/articulo-agosto.jpg\" alt=\"articulo-agosto\" width=\"464\" height=\"249\" srcset=\"https:\/\/ena.cl\/wp-content\/uploads\/2015\/08\/articulo-agosto.jpg 753w, https:\/\/ena.cl\/wp-content\/uploads\/2015\/08\/articulo-agosto-600x322.jpg 600w, https:\/\/ena.cl\/wp-content\/uploads\/2015\/08\/articulo-agosto-300x160.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 464px) 100vw, 464px\" \/><\/a>Los tiempos actuales son parte de la denominada \u201csociedad del conocimiento\u201d, es decir, un periodo en el que el manejo de informaci\u00f3n y de tecnolog\u00edas da ventaja sustantiva a quien los posea.<\/p>\n<p>Es que ya no basta con tener un t\u00edtulo t\u00e9cnico o profesional adquirido una vez concluida la ense\u00f1anza media: es necesario continuar perfeccion\u00e1ndose constantemente, dado que el conocimiento se genera a gran velocidad y s\u00f3lo bastan un par de a\u00f1os para quedar desactualizado. Como dato: en 1995, la humanidad duplicaba su conocimiento en diez a\u00f1os y medio; actualmente en promedio tarda cinco a\u00f1os. En el \u00e1mbito de las tecnolog\u00edas, se estima que cada dos a\u00f1os, se duplica totalmente el conocimiento existente en esa \u00e1rea; mientras que cada siete a\u00f1os, se renueva la mitad de los saberes m\u00e9dicos.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 implicancias pr\u00e1cticas tiene esto, por ejemplo, en el \u00e1mbito laboral? Una de las principales es que r\u00e1pidamente los trabajadores quedan desactualizados.<\/p>\n<p>Es por ello que, en este contexto, se vuelve m\u00e1s vigente que nunca, la necesidad de contar con cursos de perfeccionamiento y actualizaci\u00f3n en los entornos laborales. Hoy en d\u00eda la capacitaci\u00f3n es un requisito fundamental para una organizaci\u00f3n que quiere permanecer vigente, transform\u00e1ndose adem\u00e1s en una poderosa herramienta para disminuir brechas de competencias entre colaboradores, esto es, para mermar las distancias entre los conocimientos t\u00e9cnicos (saber), habilidades o destrezas (saber hacer) y actitudes (saber ser) necesarias para ejercer con \u00e9xito su actividad laboral.<\/p>\n<p>As\u00ed lo ha puesto en pr\u00e1ctica la administraci\u00f3n p\u00fablica de nuestro pa\u00eds, la que define capacitaci\u00f3n como \u201ctodas aquellas acciones permanentes, organizadas y sistem\u00e1ticas orientadas a que los funcionarios puedan desarrollar, perfeccionar, actualizar o complementar sus conocimientos y destrezas necesarios para el eficiente desempe\u00f1o de sus cargos\u201d.<\/p>\n<p>Para profundizar sobre este tema, conversamos con la Encargada de Gesti\u00f3n con Servicios P\u00fablicos de ENA, Andrea Hormaz\u00e1bal Tenderini, quien es Licenciada en Educaci\u00f3n de la Pontificia Universidad Cat\u00f3lica de Chile.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>\u00bfExiste alguna obligaci\u00f3n permanente, por parte del Estado, de capacitar a sus funcionarios? \u00bfHay alguna norma que la regule?<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>La capacitaci\u00f3n es un derecho de los funcionarios p\u00fablicos -seg\u00fan lo establecido en el Estatuto Administrativo- y al mismo tiempo es un deber de las instituciones y servicios p\u00fablicos proporcionarla a trav\u00e9s del Plan Anual de Capacitaci\u00f3n \u201cPAC\u201d, en conformidad a los lineamientos propiciados por la Direcci\u00f3n Nacional del Servicio Civil, el Ministerio de Salud, o el Ministerio de Educaci\u00f3n, entre otros referentes t\u00e9cnicos.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>\u00bfQu\u00e9 caracter\u00edsticas tiene la capacitaci\u00f3n en la administraci\u00f3n p\u00fablica?<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Ac\u00e1 la capacitaci\u00f3n es parte del Sistema de Gesti\u00f3n de Personas y sus objetivos deben estar alineados a los compromisos estrat\u00e9gicos de cada organismo p\u00fablico. Como regla general se establece que los cursos, a considerar por ejemplo, en la carrera funcionaria, deben tener un m\u00ednimo de 20 horas pedag\u00f3gicas.<\/p>\n<p>En el Estatuto Administrativo se ha dispuesto que existen tres tipos de capacitaciones, las que se distinguen seg\u00fan sea su finalidad:<\/p>\n<p><strong>Capacitaci\u00f3n para la Promoci\u00f3n: <\/strong>Beneficia a los funcionarios titulares habilit\u00e1ndolos para asumir cargos de grados superiores. No es obligatoria su asistencia, pero si postulan y son seleccionados, lo es.<\/p>\n<p><strong>Capacitaci\u00f3n de Perfeccionamiento: <\/strong>Tiene por objeto mejorar el desempe\u00f1o del funcionario en el cargo que ocupa. Los funcionarios acceden mediante concursos o libre designaci\u00f3n de la autoridad.<\/p>\n<p><strong>Capacitaci\u00f3n Voluntaria: <\/strong>Que no es \u201cvoluntaria para el funcionario\u201d pues le es obligatoria, es \u201cvoluntaria para la autoridad superior del servicio\u201d pues decide libremente los temas que posteriormente se incorporar\u00e1n en el Plan de Capacitaci\u00f3n, dado que no necesariamente tienen directa relaci\u00f3n con el cargo del funcionario asistente. No es habilitante para la carrera funcionaria.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Revisa este video y conoce a la gran aliada en tu carrera profesional <\/strong><br \/>\n<iframe loading=\"lazy\" src=\"https:\/\/www.youtube.com\/embed\/kv7T7O5S5yM\" width=\"560\" height=\"315\" frameborder=\"0\" allowfullscreen=\"allowfullscreen\"><\/iframe><\/p>\n<p><strong>&#8211; \u00bfQu\u00e9 actores intervienen en la gesti\u00f3n de la capacitaci\u00f3n del sector p\u00fablico?<\/strong><\/p>\n<p>Cada servicio p\u00fablico cuenta con una unidad o departamento de capacitaci\u00f3n, la cual depende del departamento de gesti\u00f3n o desarrollo de personas, personal, o recursos humanos, conforme se haya definido en la estructura organizacional de cada servicio.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, como cuerpo colegiado asesor de la autoridad en la materia, encontramos a los Comit\u00e9s Bipartitos de Capacitaci\u00f3n o \u201cCBC\u201d, instancia que re\u00fane a los representantes de los empleados de los diferentes estamentos, quienes contribuyen a velar por los principios de eficacia, eficiencia, transparencia, equidad y pertinencia en el dise\u00f1o y ejecuci\u00f3n de los programas de capacitaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>&#8211; \u00bfC\u00f3mo se realiza el proceso de detecci\u00f3n de necesidades de capacitaci\u00f3n?<\/strong><\/p>\n<p>La Detecci\u00f3n de Necesidades de Capacitaci\u00f3n o \u201cDNC\u201d, es la acci\u00f3n por medio de la cual se define, junto a las jefaturas u otros actores relevantes que intervienen en el proceso, cu\u00e1l es el \u201cproblema, necesidad o desaf\u00edo\u201d que interfiere en el desempe\u00f1o del funcionario y que puede ser abordado desde la capacitaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Es la etapa inicial en el Modelo de Gesti\u00f3n de la Capacitaci\u00f3n, clave para definir c\u00f3mo se planificar\u00e1n las actividades de capacitaci\u00f3n. Para el logro de sus objetivos se requiere recolectar la mayor cantidad de evidencias posibles y para ello se emplean diferentes t\u00e9cnicas: resultados de los indicadores de gesti\u00f3n, observaci\u00f3n directa en el puesto de trabajo, consultas a actores involucrados, cuestionarios espec\u00edficos, entrevistas, inventarios, etc.<\/p>\n<p><strong>&#8211; Si la repartici\u00f3n ya defini\u00f3 la capacitaci\u00f3n que requiere, \u00bfc\u00f3mo accede a ella? \u00bfPor medio de qu\u00e9 mecanismo la contrata?<\/strong><\/p>\n<p>Actualmente la v\u00eda de contrataci\u00f3n se realiza en una modalidad dual, mediante licitaciones y directamente en Convenio Marco, en la plataforma \u201cMercado P\u00fablico\u201d de la Direcci\u00f3n de Compras y Contrataci\u00f3n P\u00fablica: <a href=\"http:\/\/www.mercadopublico.cl\" target=\"_blank\">http:\/\/www.mercadopublico.cl<\/a><\/p>\n<p>Esto, porque desde el 1\u00ba de agosto de 2015, los servicios de capacitaci\u00f3n, ya en Convenio Marco desde el inicios de junio, a\u00fan se siguen licitando, quiz\u00e1 simplemente por desconocimiento por parte de los encargados, de la puesta en vigencia del Cat\u00e1logo Electr\u00f3nico.<\/p>\n<p>El Convenio Marco de Capacitaci\u00f3n y Formaci\u00f3n, recientemente adjudicado por la Direcci\u00f3n de Chilecompras -y del que ENA result\u00f3 adjudicada- consiste en la incorporaci\u00f3n de la oferta de servicios de capacitaci\u00f3n a un Cat\u00e1logo Electr\u00f3nico al que los servicios p\u00fablicos acceden directamente tipo \u201cvitrina virtual\u201d, con la finalidad de escoger la instituci\u00f3n que provea el servicio requerido y comprar el curso que se ajuste a sus necesidades y presupuesto. As\u00ed de simple.<\/p>\n<p><strong>&#8211; \u00bfQu\u00e9 aspectos son importantes de considerar, por parte de los servicios p\u00fablicos, a la hora de adquirir un servicio en el Convenio Marco de Capacitaci\u00f3n?<\/strong><\/p>\n<p>Cada organismo define sus propios criterios a la hora de evaluar a los organismos t\u00e9cnicos de capacitaci\u00f3n. No obstante, los criterios comunes que generalmente se aplican son: la experiencia en los temas por parte de la entidad capacitadora; la experiencia del o los docentes a cargo de la actividad, sus estudios y nivel acad\u00e9mico, por ejemplo, si poseen o no post grados en el \u00e1rea de los temas a desarrollar; y la propuesta t\u00e9cnica, espec\u00edficamente, la coherencia entre objetivos, contenidos y metodolog\u00eda.<\/p>\n<p>El factor precio es muy importante, pero debe tener una ponderaci\u00f3n equilibrada, considerando que lo que debe primar es la calidad del servicio a recibir, lo que debe primar es la \u201coferta m\u00e1s ventajosa\u201d.<\/p>\n<p>Como an\u00e9cdota, puedo comentar que he conocido casos de algunos servicios que valoran el precio en un 90% del total de criterios, lo que es una irresponsabilidad, porque implica valorar el criterio t\u00e9cnico en s\u00f3lo un 10%.<\/p>\n<p><strong>&#8211; \u00bfEst\u00e1n facultadas las jefaturas directas para negar, por ejemplo, por exceso de trabajo, la asistencia de los funcionarios a los cursos? \u00bfPueden impedirles que sigan asistiendo, llam\u00e1ndolos de vuelta a su unidad?<\/strong><\/p>\n<p>No, porque m\u00e1s all\u00e1 de generar un perjuicio al patrimonio de la instituci\u00f3n, recordemos que los servicios p\u00fablicos pagan por los cursos. El dictamen de Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica N\u00ba3.608 -de fecha 31 de enero de 2001- dispone que \u201cla concurrencia de los funcionarios a los cursos no queda supeditada a la aceptaci\u00f3n de su jefatura directa, puesto que no existe norma legal que confiera a estas jefaturas la facultad discrecional de conceder o denegar el permiso para asistir a aquellas\u201d.<\/p>\n<p>Lo anterior si bien es muy resistido por las jefaturas, con justa raz\u00f3n o no, debe ser respetado dado el principio de estricta sujeci\u00f3n a los dict\u00e1menes de la Contralor\u00eda.<\/p>\n<p><strong>Mira esta entrevista sobre las ventajas de invertir en capacitaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p><iframe loading=\"lazy\" src=\"https:\/\/www.youtube.com\/embed\/5SebqiTrBG4\" width=\"420\" height=\"315\" frameborder=\"0\" allowfullscreen=\"allowfullscreen\"><\/iframe><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>&#8211; Los funcionarios que asisten a cursos \u00bftienen derecho a que se les compense con descanso, el tiempo estudiado? <\/strong><\/p>\n<p>S\u00ed, siempre y cuando la capacitaci\u00f3n a la cual asisti\u00f3 haya sido de car\u00e1cter obligatoria, esto es \u201cque haya sido seleccionado\u201d, y que exista tiempo asistido a clases fuera de la jornada de trabajo.<\/p>\n<p>Al respecto es necesario agregar que la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica ha sostenido en su Dictamen N\u00ba 51.124 -de 3 de noviembre de 2008- que &#8220;el descanso de capacitaci\u00f3n permite conciliar los intereses de los funcionarios con sus obligaciones familiares\u201d.<\/p>\n<p>&#8211; <strong>\u00bfQu\u00e9 ocurre si un estudiante reprueba un curso? \u00bfDebe devolver, a modo de castigo, el valor de su matr\u00edcula a la administraci\u00f3n?<\/strong><\/p>\n<p>No, no est\u00e1 obligado a reembolsar el dinero. S\u00f3lo se contempla la recuperaci\u00f3n del gasto, en el \u00fanico caso de que el funcionario no permanezca en la administraci\u00f3n p\u00fablica, el doble del tiempo asistido a la actividad de capacitaci\u00f3n -enti\u00e9ndase curso, taller, diplomado-, y se vaya al sector privado.<\/p>\n<p>En ese caso adem\u00e1s hay una inhabilidad de ingreso hasta que restituya los fondos invertidos. Podr\u00edamos decir que se trata entonces de una obligaci\u00f3n de \u201cpermanencia obligatoria\u201d.<\/p>\n<p>&#8211; <strong>Si la capacitaci\u00f3n fue mal evaluada y no hay conformidad en torno al servicio prestado o los objetivos cumplidos, \u00bfigual debe pagarse? \u00bfQu\u00e9 mecanismos est\u00e1n contemplados para que este servicio mejore o no vuelva a prestarse en estas condiciones?<\/strong><\/p>\n<p>La actividad debe pagarse previo certificado de conformidad emitido por el jefe de capacitaci\u00f3n o similar a cargo del cumplimiento de la actividad. Sin embargo, los organismos p\u00fablicos han encontrado el mecanismo de velar por la calidad del servicio ofrecido durante el desarrollo de la actividad, estableciendo para esto multas en UTM o UF a los organismos oferentes, las cuales est\u00e1n descritas en las bases de licitaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Las multas van seg\u00fan la gravedad de la falta y contemplan, en algunos casos, el t\u00e9rmino anticipado a la suscripci\u00f3n del servicio, el cobro de la boleta de garant\u00eda de fiel cumplimiento de contrato, o bien un monto a descontar del total del precio adjudicado. Incluso algunos servicios p\u00fablicos han optado por incluir dentro de sus criterios de evaluaci\u00f3n de oferentes, el comportamiento satisfactorio anterior, tanto hacia la misma repartici\u00f3n como a otras entidades, solicitando para ello certificados de conformidad.<\/p>\n<p><strong>&#8211; Finalmente \u00bfqu\u00e9 herramientas o instrumentos se deben aplicar para evaluar el impacto de la capacitaci\u00f3n, tanto en la conducta como en el desempe\u00f1o del funcionario p\u00fablico?<\/strong><\/p>\n<p>Primero hay que diferenciar entre la evaluaci\u00f3n de transferencia o aplicabilidad y la evaluaci\u00f3n de impacto de la capacitaci\u00f3n, seg\u00fan se\u00f1ala el modelo de evaluaci\u00f3n de Donald Kirkpatrick. La primera se refiere al cambio de comportamientos que permite aplicar en el trabajo lo aprendido en la capacitaci\u00f3n. Se mide por observaci\u00f3n directa al puesto de trabajo por jefatura o supervisor o por medio de instrumentos como cuestionarios, listas de chequeo muestras de trabajo, entrevistas o Focus Group.<\/p>\n<p>La evaluaci\u00f3n de impacto o de resultados busca determinar la efectividad de la acci\u00f3n de capacitaci\u00f3n para la estrategia de la organizaci\u00f3n. En este sentido debe haber una estrecha relaci\u00f3n con los lineamientos estrat\u00e9gicos, los cuales van de la mano con indicadores estrat\u00e9gicos claves, por mencionar algunos ejemplos: n\u00famero de quejas de los clientes, cantidad y calidad de los servicios brindados, tasa de rotaci\u00f3n del personal, desaciertos funcionarios que no se alcanzan a constituir en faltas administrativas tipo disciplinarias, ausentismo laboral, etc.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los tiempos actuales son parte de la denominada \u201csociedad del conocimiento\u201d, es decir, un periodo en el que el manejo de informaci\u00f3n y de tecnolog\u00edas da ventaja sustantiva a quien los posea. 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