{"id":56712,"date":"2026-07-27T21:33:25","date_gmt":"2026-07-28T01:33:25","guid":{"rendered":"https:\/\/ena.cl\/?p=56712"},"modified":"2026-07-27T22:20:44","modified_gmt":"2026-07-28T02:20:44","slug":"se-parte-del-sistema-de-calificaciones-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ena.cl\/?p=56712","title":{"rendered":"Antes de la Junta Calificadora, te eval\u00faa tu jefatura directa:"},"content":{"rendered":"<div class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row css=&#8221;.vc_custom_1782962876159{padding-top: 70px !important;}&#8221;][vc_column][vc_column_text]<\/p>\n<div style=\"width: 1200px;\" class=\"wp-video\"><!--[if lt IE 9]><script>document.createElement('video');<\/script><![endif]-->\n<video class=\"wp-video-shortcode\" id=\"video-56712-1\" width=\"1200\" height=\"675\" preload=\"metadata\" controls=\"controls\"><source type=\"video\/mp4\" src=\"https:\/\/ena.cl\/wp-content\/uploads\/2026\/07\/La_Precalificacion_-_ENA-1.mp4?_=1\" \/><a href=\"https:\/\/ena.cl\/wp-content\/uploads\/2026\/07\/La_Precalificacion_-_ENA-1.mp4\">https:\/\/ena.cl\/wp-content\/uploads\/2026\/07\/La_Precalificacion_-_ENA-1.mp4<\/a><\/video><\/div>\n<p><strong id=\"video\"> Video Explicativo: <span data-path-to-node=\"12,0,0\">Precalificaci\u00f3n, la etapa donde tu jefatura decide tu nota<\/span><span data-path-to-node=\"12,0,2\">.<\/span><\/strong><\/p>\n<p>Tu calificaci\u00f3n no nace en la Junta Calificadora: nace antes, en el despacho de tu jefatura directa. Esa evaluaci\u00f3n previa tiene un nombre \u2014precalificaci\u00f3n\u2014 y es la primera etapa del proceso calificatorio. De c\u00f3mo se haga depender\u00e1 buena parte de tu nota, tu lista y, con ella, tu ascenso, tus est\u00edmulos y tu permanencia. La regla es la misma para la Administraci\u00f3n P\u00fablica regida por el Decreto Supremo N\u00b01825 de 1998 y para los Servicios de Salud y sus hospitales, regidos por el Decreto Supremo N\u00b01229 de 1992, aunque cada reglamento tiene plazos y deberes propios que conviene conocer. Aqu\u00ed van las claves \u2014con consejos pr\u00e1cticos\u2014 para entender esta etapa y ejercer tus derechos a tiempo.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 es la precalificaci\u00f3n y qui\u00e9n la hace?<\/strong><\/p>\n<p>La precalificaci\u00f3n es, seg\u00fan el art\u00edculo 18 letra a) del DS N\u00b01825 y el art\u00edculo 17 letra a) del DS N\u00b01229, la evaluaci\u00f3n previa que realiza tu jefatura directa. El art\u00edculo 41 del Estatuto Administrativo es categ\u00f3rico: la Junta Calificadora adopta sus resoluciones teniendo en consideraci\u00f3n, necesariamente, la precalificaci\u00f3n hecha por la jefatura directa, con sus conceptos, notas y antecedentes por escrito. \u00bfY qui\u00e9n es tu &#8220;jefatura directa&#8221;? El art\u00edculo 20 del DS N\u00b01229 lo define como el funcionario de quien dependes en forma inmediata. Por regla general el personal a contrata no puede precalificar, porque carece del v\u00ednculo jer\u00e1rquico de planta, salvo que una norma legal lo autorice expresamente a ejercer funciones de jefatura.<\/p>\n<p><strong>Tip pr\u00e1ctico: <\/strong><em>Identifica cuanto antes qui\u00e9n es tu jefatura directa. Si durante el per\u00edodo tuviste m\u00e1s de una, te eval\u00faa la \u00faltima a cuyas \u00f3rdenes te desempe\u00f1aste, pero ella debe pedir informe a las anteriores. Saber qui\u00e9n firma tu evaluaci\u00f3n te permite obtener retroalimentaci\u00f3n de la persona correcta durante el a\u00f1o.<\/em><\/p>\n<p><strong>La regla de los seis meses: sin ella, no hay nota nueva<\/strong><\/p>\n<p>El art\u00edculo 40 del Estatuto Administrativo disponen que no ser\u00e1n calificados quienes se hayan desempe\u00f1ado efectivamente por menos de seis meses en el per\u00edodo, continuos o discontinuos, caso en el cual conservan la calificaci\u00f3n del a\u00f1o anterior. Ojo con un efecto silencioso: si conservas la Lista N\u00b03 durante dos per\u00edodos consecutivos por esta v\u00eda, se configura la causal de retiro del art\u00edculo 50. La Contralor\u00eda ha precisado que las jornadas trabajadas durante licencias de reposo parcial cuentan como d\u00edas efectivos (Dictamen N\u00b06.027 de 2015), lo mismo que el permiso posnatal parental en media jornada (Dictamen N\u00b055.553 de 2015); y que la expresi\u00f3n &#8220;cualquier motivo&#8221; incluye ausencias por feriados, licencias o permisos administrativos.<\/p>\n<p><strong>Tip pr\u00e1ctico: <\/strong><em>Si te acercas al l\u00edmite de los seis meses de desempe\u00f1o efectivo, verifica tu situaci\u00f3n antes de septiembre. Conservar la nota anterior no siempre te conviene, y si vienes de Lista 3, dos periodos seguidos pueden significar el retiro. Actuar a tiempo aqu\u00ed es clave.<\/em><\/p>\n<p><strong>No obliga a la Junta, pero sin ella el proceso se anula<\/strong><\/p>\n<p>La precalificaci\u00f3n es una etapa preparatoria: sus conceptos y notas son recomendaciones o pautas generales que no obligan a la Junta Calificadora (Dict\u00e1menes N\u00b013.651 de 2006 y N\u00b025.959 de 1994). Por eso no es una irregularidad que la Junta rebaje las notas que te asign\u00f3 tu jefatura (Dictamen N\u00b036.835 de 2013): la plenitud de la potestad para calificar est\u00e1 radicada en ese cuerpo colegiado. Ahora bien, &#8220;no vinculante&#8221; no significa &#8220;prescindible&#8221;: la omisi\u00f3n de la precalificaci\u00f3n vicia la calificaci\u00f3n (Dictamen N\u00b021.938 de 1993). Es un procedimiento esencial e ineludible.<\/p>\n<p><strong>Tip pr\u00e1ctico: <\/strong><em>Trata la precalificaci\u00f3n como un antecedente, no como la \u00faltima palabra. Si no est\u00e1s de acuerdo con ella, tu defensa se juega ante la Junta Calificadora y, despu\u00e9s, en el recurso de apelaci\u00f3n ante la Autoridad Superior. Conocerla a tiempo es lo que te permite preparar esa defensa.<\/em><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Los deberes de tu jefatura al precalificar<\/strong><\/p>\n<p>Quien precalifica no lo hace a su antojo. Debe fundamentar cada nota en circunstancias ocurridas durante el per\u00edodo (art\u00edculo 13 del DS N\u00b01229 y art\u00edculo 19 del DS N\u00b01825): la Contralor\u00eda exige indicar los antecedentes objetivos, las causas y las circunstancias precisas que sustentan la evaluaci\u00f3n (Dict\u00e1menes N\u00b0544 de 1997 y N\u00b059.285 de 2012), justamente para que puedas mejorar tu desempe\u00f1o y ejercer tu derecho a defenderte. La jefatura es responsable de su precalificaci\u00f3n y la forma en que la realice incide en su propia calificaci\u00f3n (art\u00edculo 41). No puede delegar esta funci\u00f3n (Dict\u00e1menes N\u00b019.605 y N\u00b023.946, ambos de 1996) y debe inhibirse cuando pierde imparcialidad, por ejemplo ante discrepancias p\u00fablicas contigo (Dictamen N\u00b013.651 de 2006). Adem\u00e1s, si tu jefatura integra la Junta, debe abstenerse de participar en el acuerdo sobre tu calificaci\u00f3n: es el principio de instancias diferenciadas.<\/p>\n<p><strong>Tip pr\u00e1ctico: <\/strong><em>Exige fundamentaci\u00f3n. Una nota sin motivo objetivo es impugnable, y el fundamento que la jefatura entrega es, a la vez, tu base para apelar y tu hoja de ruta para mejorar. Si adhieren a una precalificaci\u00f3n mal argumentada, esa adhesi\u00f3n no satisface la exigencia legal (Dictamen N\u00b035.166 de 2013).<\/em><\/p>\n<p><strong>Plazos e informes: la gran diferencia entre uno y otro reglamento<\/strong><\/p>\n<p>En ambos reg\u00edmenes, la oficina de personal entrega las hojas de vida dentro de los primeros tres d\u00edas de septiembre. Desde ah\u00ed, los caminos se separan. En el DS N\u00b01825 (Administraci\u00f3n P\u00fablica), la jefatura emite dos informes de desempe\u00f1o \u2014el primero de septiembre a enero, el segundo de febrero a junio\u2014, notificados personalmente dentro de diez d\u00edas; precalifica dentro de diez d\u00edas desde que recibe las hojas de vida y, muy importante, debe notificarte personalmente la precalificaci\u00f3n dentro de dos d\u00edas (art\u00edculos 19 y 20). En el DS N\u00b01229 (Salud), los informes son cada cuatro meses (al 31 de diciembre y al 30 de abril; el tercer per\u00edodo, de mayo a agosto, se considera directamente en la precalificaci\u00f3n), la jefatura precalifica en cinco d\u00edas y eleva los antecedentes en dos; pero no existe obligaci\u00f3n legal de notificarte la precalificaci\u00f3n (Dictamen N\u00b055.612 de 2011).<\/p>\n<p><strong>Tip pr\u00e1ctico: <\/strong><em>Si te riges por el DS N\u00b01229 (Salud), no esperes que te notifiquen la precalificaci\u00f3n: preg\u00fantala. Aunque su omisi\u00f3n no vicia el proceso, sin conocerla resulta muy dif\u00edcil activar tu representaci\u00f3n ante la Junta Calificadora. La notificaci\u00f3n es, en Salud, una buena pr\u00e1ctica que debes reclamar como propia.<\/em><\/p>\n<p><strong>Consejos pr\u00e1cticos para la etapa de precalificaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Identifica tu reglamento (DS N\u00b01825, DS N\u00b01229 o el especial de tu instituci\u00f3n) y qui\u00e9n es tu jefatura directa: eso define plazos, factores y deberes aplicables.<\/li>\n<li>Lleva durante todo el a\u00f1o tu propio registro de logros \u2014capacitaciones, cometidos, tareas extraordinarias\u2014 para pedir anotaciones de m\u00e9rito oportunamente.<\/li>\n<li>Revisa tus informes de desempe\u00f1o apenas te los notifiquen y formula observaciones dentro del plazo: son instrumentos auxiliares b\u00e1sicos de tu evaluaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Si te desempe\u00f1as en el Sector Salud, solicita conocer tu precalificaci\u00f3n aunque no te la notifiquen: sin ella no puedes ejercer bien tu representaci\u00f3n ante la Junta.<\/li>\n<li>Verifica el c\u00f3mputo de tus seis meses de desempe\u00f1o efectivo, sobre todo si tuviste licencias, permisos o feriados prolongados.<\/li>\n<li>Guarda copia de tus precalificaciones y calificaciones anteriores: aunque no inciden en el resultado de los doce meses a evaluar te sirven de respaldo para detectar variaciones injustificadas.<\/li>\n<\/ul>\n<p><em>\u00bfQuieres dominar cada etapa y ejercer tus derechos con seguridad? Revisa la oferta de cursos de la ENA, entre los que se encuentra el curso <a href=\"https:\/\/ena.cl\/?p=56628\">Sistema de Calificaciones<\/a>, pensado para que funcionarias y funcionarios de la Administraci\u00f3n P\u00fablica y de los Servicios de Salud conozcan a fondo sus deberes y derechos en todo el proceso. Inf\u00f3rmate hoy: la mejor defensa es saber<\/em>[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row css=&#8221;.vc_custom_1782962876159{padding-top: 70px !important;}&#8221;][vc_column][vc_column_text] Video Explicativo: Precalificaci\u00f3n, la etapa donde tu jefatura decide tu nota. Tu calificaci\u00f3n no nace en la Junta Calificadora: nace antes, en el despacho de tu jefatura directa. Esa evaluaci\u00f3n previa tiene un nombre \u2014precalificaci\u00f3n\u2014 y es la primera etapa del proceso calificatorio. 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