{"id":5024,"date":"2024-05-30T11:33:26","date_gmt":"2024-05-30T15:33:26","guid":{"rendered":"https:\/\/ena.cl\/?p=5024"},"modified":"2024-08-11T12:12:30","modified_gmt":"2024-08-11T16:12:30","slug":"la-liquidacion-de-remuneraciones-para-las-y-los-trabajadores-en-chile","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ena.cl\/?p=5024","title":{"rendered":"La Liquidaci\u00f3n de Remuneraciones para las y los trabajadores en Chile."},"content":{"rendered":"<p><strong><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-full wp-image-5026\" src=\"https:\/\/ena.cl\/wp-content\/uploads\/2024\/05\/remuneraciones.jpg\" alt=\"\" width=\"1280\" height=\"750\" srcset=\"https:\/\/ena.cl\/wp-content\/uploads\/2024\/05\/remuneraciones.jpg 1280w, https:\/\/ena.cl\/wp-content\/uploads\/2024\/05\/remuneraciones-300x176.jpg 300w, https:\/\/ena.cl\/wp-content\/uploads\/2024\/05\/remuneraciones-1024x600.jpg 1024w, https:\/\/ena.cl\/wp-content\/uploads\/2024\/05\/remuneraciones-768x450.jpg 768w, https:\/\/ena.cl\/wp-content\/uploads\/2024\/05\/remuneraciones-600x352.jpg 600w\" sizes=\"auto, (max-width: 1280px) 100vw, 1280px\" \/><\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong><em>Paul Valdivia Poblete<br \/>\n<\/em><\/strong><em>Contador Auditor, Profesor de Funci\u00f3n P\u00fablica y R\u00e9gimen Estatutario, especialista en Administraci\u00f3n Financiera del Estado, Universidad Arturo Prat.<br \/>\n<\/em><em>Mag\u00edster en Gerencia P\u00fablica, Mag\u00edster en Administraci\u00f3n y Direcci\u00f3n de Empresas (MBA), Post t\u00edtulo en Inform\u00e1tica Estrat\u00e9gica, Universidad de Santiago de Chile.<br \/>\n<\/em><em>Diplomado en Gesti\u00f3n P\u00fablica por la FLACSO \u2013 Chile.<br \/>\n<\/em><em>Diplomado en Normas Internacionales Contables para el Sector P\u00fablico<\/em><\/p>\n<p>En el mundo laboral en Chile, tanto la gran y peque\u00f1a empresa debe contar con colaboradores que son un gran aporte al desarrollo de la organizaci\u00f3n, siendo el capital humano el recurso m\u00e1s importante que cuenta la organizaci\u00f3n, tanto para el sector p\u00fablico como el privado.<\/p>\n<p>Los trabajadores cuentan con varios derechos que les corresponde ya sea la capacitaci\u00f3n, vacaciones o feriados, permisos, entre otros. Sin embargo, de acuerdo al principio retributivo, el trabajador debe percibir por sus servicios las remuneraciones y dem\u00e1s asignaciones adicionales que establezca la ley, en forma regular y completa.<\/p>\n<p>Por lo tanto, la remuneraci\u00f3n que recibe el trabajador se documenta en la liquidaci\u00f3n de remuneraciones, ya sean en papel o electr\u00f3nica, que es el documento legal que certifica y comprueba que un trabajador recibi\u00f3 su remuneraci\u00f3n con todos los detalles que conoceremos.<\/p>\n<p>Primero definiremos la diferencia entre Sueldo y Remuneraci\u00f3n, ya que en algunas liquidaciones le llaman liquidaci\u00f3n de sueldo, pero lo que corresponde es liquidaci\u00f3n de remuneraciones.<\/p>\n<p><strong>Sueldo:<\/strong> es la retribuci\u00f3n pecuniaria, de car\u00e1cter fijo y por per\u00edodos iguales, asignada a un empleo de acuerdo con el nivel, grado o jerarqu\u00eda que se encuentra clasificado.<\/p>\n<p><strong>Remuneraci\u00f3n<\/strong>: es cualquier contraprestaci\u00f3n en dinero que el funcionario o trabajador tenga derecho a percibir en raz\u00f3n de su empleo o funci\u00f3n, Ejm. Sueldo, asignaci\u00f3n de zona, vi\u00e1tico, pago de horas extraordinarias, etc.<\/p>\n<p>La\u00a0liquidaci\u00f3n de remuneraciones es el documento impreso o digital que reciben todos y todas las funcionarias y funcionarios a fin de mes o en la fecha de pago que corresponda de acuerdo con su instituci\u00f3n o calendario que se utilice para tal efecto.<\/p>\n<p>En este documento de indican todos los montos pagados por concepto de remuneraci\u00f3n, sueldo, asignaciones, bonos, etc., y los descuentos correspondientes, ya sean legales o voluntarios.<\/p>\n<p>La\u00a0liquidaci\u00f3n de remuneraciones registra en su parte superior el t\u00edtulo \u201cLIQUIDACI\u00d3N DE REMUNERACIONES\u201d, posteriormente m\u00e1s abajo se registra el mes y a\u00f1o que corresponde, nombre completo, Rut, ubicaci\u00f3n o unidad de gesti\u00f3n, calidad jur\u00eddica, escalaf\u00f3n, grado, n\u00famero de bienios si corresponde a un funcionario p\u00fablico, d\u00edas trabajados y otros antecedentes que pudiera agregar la instituci\u00f3n como jornada laboral, programa presupuestario, centro de responsabilidad o unidad de gesti\u00f3n, etc.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se agregan si la organizaci\u00f3n lo requiere datos remuneratorios, como n\u00famero de cargas familiares, plan de salud y valor de este, d\u00edas trabajados, porcentaje de descuento por pensi\u00f3n si corresponde, valor de la unidad de fomento (U.F.) que fue considerada para el c\u00e1lculo de remuneraci\u00f3n.<\/p>\n<p>La liquidaci\u00f3n de remuneraciones se divide en dos columnas, el lado izquierdo se llama \u201cHaberes\u201d que se registran todos los ingresos que el trabajador percibe, estos pueden ser imponibles o no imponibles, y el lado derecho se llama \u201cDescuentos\u201d, que como la palabra lo se\u00f1ala se registran las deducciones, ya sean legales o voluntarias.<\/p>\n<p>La suma de todos los ingresos se llega a un resultado llamado \u201cTOTAL HABERES\u201d, tambi\u00e9n se registra un monto correspondiente al \u201cTOTAL IMPONIBLE\u201d, y otro monto con \u201cTOTAL TRIBUTABLE\u201d.<\/p>\n<p>En el lado derecho de la Liquidaci\u00f3n de Remuneraciones, llamado \u201cDESCUENTOS\u201d, se registran todos los descuentos legales, establecidos por ley como los descuentos previsionales, cotizaci\u00f3n en salud, impuesto \u00fanico de segunda categor\u00eda, entre otros, en la cual son obligatorios y otros descuentos que son voluntarios o descuentos varios, resultando un monto con el \u201cTOTAL DESCUENTOS\u201d.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, de registrar los antecedentes se\u00f1alados. Esta liquidaci\u00f3n de remuneraciones puede ser agregados u omitir registros de acuerdo con su requerimiento de la instituci\u00f3n.<\/p>\n<p>La diferencia entre total haberes y total descuentos se obtiene el \u201cL\u00cdQUIDO A PAGAR\u201d (), que es lo que se transfiere o deposita en la cuenta del trabajador o funcionario.<\/p>\n<p><u>Veamos algunos conceptos importantes:<\/u><\/p>\n<p><strong>Remuneraci\u00f3n o montos imponibles<\/strong>: son las asignaciones o componentes que est\u00e1n afecta a descuentos legales, y se consideran para el c\u00e1lculo de las cotizaciones obligatorias del sistema de AFP o IPS, salud y ley de accidentes del trabajo.<\/p>\n<ul>\n<li>Sueldo Base<\/li>\n<li>Asignaci\u00f3n de Antig\u00fcedad o Bienios<\/li>\n<li>Asignaci\u00f3n Profesional<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Montos no imponibles:<\/strong> componentes de la liquidaci\u00f3n de remuneraciones de car\u00e1cter No Imponible.<\/p>\n<p><strong>Descuentos Legales:<\/strong> conceptos y montos correspondientes a cotizaci\u00f3n de Salud (7%), previsional, impuesto \u00fanico de segunda categor\u00eda u otros descuentos legales correspondientes al funcionario.<\/p>\n<p><strong>Descuentos Variables<\/strong>: descuentos voluntarios de cualquier naturaleza que corresponden a compromisos adquiridos por el trabajador o funcionario.<\/p>\n<p>La sumatoria de estos dos descuentos recibe el nombre de \u201ctotal descuentos legales\u201d, que corresponder\u00e1 disminuir al total haberes.<\/p>\n<p><strong>APV:<\/strong> El Ahorro Previsional Voluntario, es un mecanismo de ahorro que permite a las personas dependientes e independientes, ahorrar por sobre lo cotizado obligatoriamente en su\u00a0AFP.<\/p>\n<p><strong>L\u00edquido a Pagar<\/strong>: monto final a pagar, resultante del c\u00e1lculo de la diferencia entre el Total Haberes y la sumatoria del Total de Descuentos Legales y el Total de Descuentos Variables.<\/p>\n<p><strong>Tope Imponible:<\/strong> L\u00edmite m\u00e1ximo establecido en Unidades de Fomento (UF) (84,3 U.F. para el a\u00f1o 2024) que se aplica para el c\u00e1lculo de las cotizaciones obligatorias del sistema de AFP, salud y ley de accidentes del trabajo. Los topes imponibles se deben reajustar anualmente de acuerdo con la variaci\u00f3n positiva que experimente el \u00cdndice de Remuneraciones Reales determinado por el Instituto Nacional de Estad\u00edsticas para el per\u00edodo respectivo.<\/p>\n<p><strong>Total tributable<\/strong><u>:<\/u> Monto total de los componentes remuneracionales de car\u00e1cter tributable, deduciendo los montos correspondientes a cotizaciones previsionales y de salud (hasta el tope imponible), al cual corresponde aplicar el Impuesto \u00danico de Segunda Categor\u00eda que concierne al trabajador o funcionario seg\u00fan el tramo que corresponda.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; Paul Valdivia Poblete Contador Auditor, Profesor de Funci\u00f3n P\u00fablica y R\u00e9gimen Estatutario, especialista en Administraci\u00f3n Financiera del Estado, Universidad Arturo Prat. 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